Modificaciones a la Ley de Insolvencia para Personas Naturales y Pequeños Comerciantes

Puntos Más Relevantes:

  1. Modificación del Régimen de Insolvencia:
  • Se incorpora a pequeños comerciantes (con activos inferiores a 1,000 salarios mínimos) al régimen de insolvencia.
  1. Objetivos de la Ley:
  • Facilitar la reintegración de personas en quiebra a la actividad económica.
  • Normalizar relaciones crediticias a través de acuerdos con los acreedores.
  • Agilizar la liquidación de bienes en situación de insolvencia.
  1. Negociación de Deudas:
  • Las obligaciones deben representar al menos el 30% del pasivo total del deudor.
  • Se permite la negociación mediante acuerdos con la mayoría de los acreedores.
  1. Requisitos para la Solicitud de Negociación:
  • El deudor debe presentar un informe de causas de incumplimiento y una propuesta de pago clara.
  • Se requiere una lista actualizada de todos los acreedores y sus deudas.
  1. Fracasos en la Negociación:
  • Si no se llega a un acuerdo, se declara el fracaso de la negociación y se procede a la liquidación patrimonial.
  1. Períodos de Espera para Nuevas Solicitudes de Insolvencia:
  • Se establece un período de cinco años para que un deudor que haya cumplido un acuerdo de pago pueda solicitar un nuevo procedimiento de insolvencia.

Estas modificaciones tienen como fin ofrecer un marco más claro y accesible para las personas naturales y pequeños comerciantes en situaciones de insolvencia, promoviendo una mejor recuperación financiera y una mayor estabilidad económica.

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