Perdí temporalmente mis ingresos después del terremoto y tengo varias cuotas este mes: ¿qué puedo hacer?
El terremoto ocurrido en Colombia el 10 de agosto de 2026 no solamente produjo daños materiales. Para miles de hogares también significó interrupciones laborales, cierre temporal de negocios, desplazamientos, gastos inesperados y una reducción repentina de los ingresos disponibles.
Y mientras una familia intenta recuperar su vivienda, regresar al trabajo o reorganizar su vida, existe otra realidad que continúa:
Las cuotas siguen llegando.
Crédito hipotecario.
Crédito de vehículo.
Tarjetas de crédito.
Créditos de libre inversión.
Obligaciones con cooperativas.
Servicios.
Impuestos.
Arriendo.
Y demás compromisos familiares.
Si antes de la emergencia podías atender normalmente tus obligaciones, pero como consecuencia de la situación perdiste temporalmente tus ingresos o tu capacidad de pago disminuyó, es importante no tomar decisiones apresuradas.
Existen medidas de alivio anunciadas para determinados afectados y, dependiendo de tu situación particular, también pueden existir diferentes alternativas financieras y jurídicas.
Lo primero: una emergencia financiera temporal no significa automáticamente insolvencia
Esta diferencia es fundamental.
Imaginemos una familia que antes del terremoto recibía mensualmente $5 millones.
Con esos ingresos pagaba normalmente:
- Vivienda.
- Alimentación.
- Crédito hipotecario.
- Vehículo.
- Tarjetas.
- Educación.
- Servicios.
Después de la emergencia, uno de los integrantes de la familia deja temporalmente de generar ingresos.
Ahora ingresan solamente $2,5 millones.
Las obligaciones no necesariamente cambiaron.
Lo que cambió fue la capacidad para atenderlas.
Esto puede representar inicialmente un problema de liquidez o capacidad de pago sobreviniente, pero no significa por sí solo que la persona deba iniciar inmediatamente un procedimiento de insolvencia.
Por eso es necesario analizar:
¿Cuánto disminuyeron tus ingresos?
¿Durante cuánto tiempo podrían permanecer reducidos?
¿Cuánto debes actualmente?
¿Cuántos acreedores tienes?
¿Qué obligaciones están próximas a vencer?
¿Cuáles están respaldadas por garantías?
¿Ya existen obligaciones vencidas?
¿Tu capacidad económica podría recuperarse?
Las respuestas permiten determinar qué alternativas deberían estudiarse.
¿Hay alivios bancarios para las personas afectadas por el terremoto?
Sí se han anunciado medidas especiales.
El sector bancario informó un programa de alivios dirigido a familias y empresas damnificadas. Entre las medidas comunicadas se encuentran periodos de gracia de hasta 12 meses para determinados casos de mayor afectación, modificaciones de plazos y condiciones y tratamientos especiales asociados a las obligaciones.
Sin embargo, existe una precisión fundamental:
El alivio no es necesariamente automático.
Que se anuncien periodos de gracia de hasta 12 meses no significa que todas las personas afectadas puedan simplemente dejar de pagar durante un año.
Las condiciones pueden depender de:
- La entidad financiera.
- El crédito.
- El nivel de afectación.
- Las condiciones particulares del deudor.
- La evaluación realizada por el banco.
Por eso, una de las primeras acciones debería ser contactar directamente cada entidad financiera y solicitar información sobre las medidas disponibles para tu situación.
Antes de aceptar un periodo de gracia, haz estas preguntas
Un periodo de gracia puede representar un alivio importante cuando los ingresos desaparecen temporalmente.
Pero debes entender exactamente qué estás aceptando.
Pregunta a la entidad:
1. ¿Cuánto durará el periodo de gracia?
2. ¿Debo pagar capital durante ese periodo?
3. ¿Qué ocurrirá con los intereses?
4. ¿Las cuotas aplazadas se trasladarán al final del crédito?
5. ¿Cambiará el plazo total?
6. ¿Cambiará el valor de las cuotas posteriores?
7. ¿Cuál será el costo total del crédito después de la modificación?
8. ¿Cómo quedará registrado el acuerdo?
9. ¿Qué ocurrirá con mi historial crediticio?
10. ¿Existe algún seguro asociado al crédito que deba revisar?
La recomendación es sencilla:
No evalúes un alivio únicamente por lo que dejarás de pagar este mes. Evalúa también cómo quedará tu obligación después.
¿Qué pasa con los cobros y el historial crediticio?
Este punto también resulta especialmente relevante para los afectados.
Los anuncios del sector financiero han contemplado medidas relacionadas con protección del historial crediticio y suspensión temporal de determinadas gestiones de cobro jurídico y prejurídico para deudores afectados. Sin embargo, el alcance concreto debe verificarse directamente con cada entidad y para cada caso.
Además, la Superintendencia Financiera informó recientemente que reforzó la atención a consumidores financieros afectados por el desastre mediante el procedimiento de Quejas Exprés.
Por eso no deberías asumir:
“Como fui afectado, automáticamente puedo dejar de pagar.”
Lo recomendable es comunicar formalmente tu situación y conocer exactamente qué tratamiento otorgará tu entidad.
Tengo créditos con varios bancos: ¿debo hacer una sola solicitud?
No necesariamente.
Si tienes, por ejemplo:
- Hipoteca con una entidad.
- Crédito de vehículo con otra.
- Tarjeta con otro banco.
deberás revisar las condiciones ofrecidas por cada entidad.
No existe un único formulario nacional que automáticamente modifique todas tus obligaciones bancarias. Las medidas específicas deben consultarse con cada institución.
Por eso recomendamos construir primero un mapa de obligaciones.
| Obligación | Saldo | Cuota | Acreedor | Vencimiento | Garantía | Alivio solicitado |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Hipoteca | $___ | $___ | Banco A | ___ | Vivienda | ___ |
| Vehículo | $___ | $___ | Banco B | ___ | Vehículo | ___ |
| Tarjeta | $___ | $___ | Banco C | ___ | No | ___ |
| Crédito | $___ | $___ | Cooperativa | ___ | Revisar | ___ |
Esto cambia la pregunta de:
“¿Cómo consigo dinero para pagar todo?”
a:
“¿Cuál es realmente mi situación financiera y qué alternativas existen para cada obligación?”
¿Qué pasa si mi vivienda también fue afectada?
Aquí hay que analizar dos asuntos diferentes:
La obligación financiera
El hecho de que un inmueble haya sufrido daños no significa automáticamente que desaparezca el crédito hipotecario.
Los seguros asociados
Debe revisarse si existe una póliza relacionada con la vivienda y cuáles son exactamente sus coberturas, exclusiones, procedimientos y requisitos.
En el caso particular del Fondo Nacional del Ahorro, se anunciaron alternativas relacionadas con periodos de gracia o modificaciones de condiciones para determinados usuarios afectados, además de mecanismos asociados al seguro de incendio y terremoto, sujetos a las condiciones correspondientes.
Es fundamental conservar:
fotografías, informes, cotizaciones, comunicaciones, certificados y demás evidencia de los daños.
También revisa las ayudas públicas antes de asumir nuevas deudas
Esta parte la incorporaría porque hace que el artículo sea mucho más útil que un blog creado únicamente para vender insolvencia.
A raíz de la emergencia se han anunciado distintos mecanismos de apoyo, incluyendo subsidios de arrendamiento, transferencias y programas relacionados con reconstrucción de vivienda para determinados damnificados y territorios. Los requisitos y mecanismos dependen de cada programa.
Por eso, antes de financiar inmediatamente una reparación completa con tarjeta de crédito o préstamo:
verifica si estás registrado como damnificado, identifica las ayudas aplicables, revisa seguros y consulta los programas oficiales disponibles.
Después determina cuánto dinero realmente necesitas financiar.
¿Y qué pasa con las obligaciones tributarias?
También se han adoptado o planteado medidas tributarias específicas para determinadas zonas afectadas.
La DIAN suspendió temporalmente entre el 13 y el 25 de agosto de 2026 términos de determinados procesos y actuaciones administrativas tributarias, aduaneras y cambiarias en las seccionales cubiertas por la medida; esos términos se reanudan el 26 de agosto de 2026. La propia DIAN aclaró que esta suspensión no modifica por sí sola los vencimientos legales para declarar o pagar impuestos, salvo disposición especial.
También se publicaron proyectos con modificaciones transitorias de determinados plazos tributarios para zonas afectadas.
Por eso es fundamental distinguir entre:
aplazar un plazo
y
eliminar una obligación.
No significan lo mismo.
5 errores que deberías evitar si perdiste temporalmente tus ingresos
1. Pedir inmediatamente otro crédito
Un nuevo crédito puede proporcionar liquidez hoy, pero también aumenta tus obligaciones futuras.
Primero calcula si, cuando tus ingresos se recuperen, podrás atender las obligaciones actuales + la nueva deuda.
2. Utilizar todos tus ahorros para pagar acreedores
Después de una emergencia pueden aparecer gastos extraordinarios relacionados con vivienda, alimentación, transporte, salud o recuperación de la actividad económica.
Quedarte completamente sin liquidez puede generar una segunda crisis.
3. Vender inmediatamente bienes importantes
Vender bajo presión puede producir decisiones patrimoniales difíciles de revertir.
Antes de vender una vivienda, vehículo u otro activo relevante, analiza las consecuencias financieras y jurídicas.
4. Ignorar completamente a los acreedores
Tampoco es recomendable simplemente dejar pasar las cuotas sin conocer qué alternativas ofrece cada entidad.
Comunica tu situación.
Documenta las solicitudes.
Conserva las respuestas.
5. Firmar cualquier acuerdo solamente para detener la presión
Una cuota menor hoy puede significar un plazo mayor, nuevas condiciones o un costo diferente mañana.
Lee y comprende antes de aceptar.
¿Qué debería priorizar si el dinero no alcanza para todo?
No existe una fórmula universal.
Cada familia puede tener una estructura completamente diferente de ingresos, necesidades, patrimonio y obligaciones.
Pero el análisis debería comenzar separando:
Necesidades esenciales
Vivienda, alimentación, salud, servicios indispensables, transporte y necesidades familiares prioritarias.
Recuperación
Gastos necesarios para recuperar la vivienda, regresar al trabajo o restablecer la fuente de ingresos.
Obligaciones financieras
Créditos, tarjetas, hipotecas y otras obligaciones.
Obligaciones jurídicas o tributarias
Procesos, impuestos y demás compromisos que puedan tener consecuencias específicas.
Después se analiza qué alternativas existen para cada categoría.
¿Cuándo una dificultad temporal puede convertirse en un problema financiero más serio?
Esta es probablemente la pregunta más importante del artículo.
Una reducción temporal de ingresos puede superarse.
Pero deben observarse señales como:
- Los ingresos no se recuperan.
- Comienzan a acumularse varias obligaciones vencidas.
- Utilizas deuda nueva para pagar deuda anterior.
- Ya no puedes atender simultáneamente gastos esenciales y obligaciones.
- Existen varios acreedores ejerciendo cobro.
- Estás considerando vender patrimonio únicamente para cubrir cuotas.
- Los alivios obtenidos no serán suficientes para recuperar tu capacidad de pago.
En ese momento el análisis debe cambiar.
Ya no estamos preguntando solamente:
¿Cómo pago las cuotas de este mes?
La pregunta empieza a ser:
¿Mi estructura actual de obligaciones es sostenible con mi nueva realidad económica?
¿La Ley de Insolvencia puede ser una alternativa?
Dependiendo de las características particulares del caso, puede ser necesario evaluar los mecanismos que contempla la legislación colombiana para personas que enfrentan una situación de insolvencia.
Pero existe algo que queremos dejar especialmente claro:
Haber sido afectado por el terremoto no significa automáticamente que puedas o debas acogerte a insolvencia.
Debe analizarse si se cumplen los requisitos legales aplicables y si ese mecanismo realmente resulta apropiado frente a otras alternativas disponibles.
En algunos casos, un alivio bancario puede ser suficiente.
En otros puede resultar viable una negociación.
Y existen situaciones en las que el nivel de endeudamiento y la pérdida de capacidad de pago pueden requerir estudiar jurídicamente alternativas diferentes.
El procedimiento correcto depende del diagnóstico.
¿Qué hacemos en Grupo Jurídico?
Si la emergencia afectó tus ingresos y ahora tienes varias obligaciones que no sabes cómo atender, nuestro primer objetivo no debería ser enviarte automáticamente a un procedimiento.
Primero necesitamos entender:
Cuánto debes.
A quién le debes.
Qué obligaciones están vencidas.
Qué patrimonio tienes.
Qué garantías existen.
Cuáles eran tus ingresos antes de la emergencia.
Cuáles son tus ingresos actuales.
Qué posibilidades existen de recuperarlos.
Qué alivios has solicitado.
Qué actuaciones de cobro existen actualmente.
A partir de esa información podemos analizar cuáles alternativas jurídicas y financieras merecen estudiarse.
Ruta recomendada después de perder temporalmente tus ingresos
Yo convertiría esta sección en una infografía dentro de Elementor:
1. DOCUMENTA TU AFECTACIÓN
↓
2. IDENTIFICA TODAS TUS DEUDAS
↓
3. CONSULTA LOS ALIVIOS DE CADA ENTIDAD
↓
4. REVISA SEGUROS Y AYUDAS DISPONIBLES
↓
5. CALCULA TU NUEVA CAPACIDAD DE PAGO
↓
6. NO ADQUIERAS NUEVAS OBLIGACIONES SIN ANALIZARLAS
↓
7. BUSCA ORIENTACIÓN SI LA SITUACIÓN SUPERA TU CAPACIDAD DE RECUPERACIÓN
Preguntas frecuentes
¿Puedo dejar de pagar mis créditos por haber sido afectado por el terremoto?
No debe asumirse automáticamente. Se anunciaron tratamientos especiales para afectados, pero las condiciones concretas deben verificarse con cada entidad financiera.
¿Todos los afectados tienen derecho a 12 meses de gracia?
No. Se han anunciado periodos de hasta 12 meses para determinados casos, pero esto no implica que todas las personas reciban automáticamente ese plazo.
¿Un periodo de gracia elimina mi deuda?
No necesariamente. Debes verificar qué ocurre con capital, intereses, cuotas aplazadas y plazo total.
¿Qué hago si tengo créditos en varios bancos?
Consulta individualmente las alternativas disponibles con cada entidad y construye un inventario completo de tus obligaciones.
¿Debo pedir otro crédito para pagar las cuotas?
No necesariamente. Antes debes determinar si tu capacidad futura permitirá asumir tanto las obligaciones actuales como el nuevo endeudamiento.
¿Perder mis ingresos significa que ya soy insolvente?
No automáticamente. Una reducción temporal de ingresos debe analizarse junto con tus obligaciones, mora, acreedores, patrimonio y capacidad real de recuperación.
¿Puedo evaluar la Ley de Insolvencia si mi situación empeoró después del terremoto?
Sí puede estudiarse como una alternativa jurídica cuando las circunstancias y requisitos legales lo permitan, pero debe analizarse individualmente antes de concluir que es el procedimiento adecuado.
¿El terremoto afectó tus ingresos y ahora no sabes cómo responder por tus deudas?
No necesitas tomar todas las decisiones al mismo tiempo ni hacerlo bajo presión.
Antes de adquirir nuevos créditos, vender patrimonio o aceptar acuerdos que no sabes si podrás cumplir, es importante conocer tu situación financiera y jurídica completa.
En Grupo Jurídico Insolvencia podemos analizar tus obligaciones, acreedores, capacidad actual de pago y las alternativas que puedan resultar aplicables según tu caso.
Primero entendamos tu situación. Después definimos el camino.
[SOLICITAR EVALUACIÓN]


